¿Qué cambió con el criterio de la Suprema Corte?

Durante años, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) negaba la pensión por viudez a personas que vivían en concubinato con trabajadores asegurados, argumentando la falta de un acta de matrimonio. Esta práctica discriminatoria ha llegado a su fin. La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió un criterio vinculante que reconoce sin distinciones el derecho de las personas concubinas a recibir esta prestación de seguridad social.

El tribunal máximo del país fue contundente en su posición: el concubinato genera derechos de seguridad social equivalentes al matrimonio para efectos de la pensión por viudez. Esta resolución representa un hito importante en la protección de las familias mexicanas que viven en unión libre, eliminando barreras que durante décadas impidieron que beneficiarios sobrevivientes accedieran a prestaciones sociales merecidas.

Impacto práctico para los beneficiarios

La resolución de la Suprema Corte implica cambios concretos en la operación del IMSS. Las personas que convivían como pareja de hecho con un trabajador o pensionado asegurado ahora pueden reclamar su pensión por viudez sin ser discriminadas por no haber estado casadas civilmente. El Instituto está obligado a otorgar la prestación una vez que se acredite debidamente la existencia del concubinato.

Para acreditar el concubinato, los beneficiarios deberán presentar documentación que demuestre la cohabitación y la relación de pareja durante el período establecido por la ley, que generalmente es de al menos cinco años antes de la muerte del asegurado. Esto abre las puertas a miles de familias mexicanas que fueron injustamente excluidas del sistema de seguridad social.

Un ejemplo que cambió vidas

Consideremos el caso de Martha, quien vivió más de quince años en unión libre con un trabajador asegurado en el IMSS. Cuando él falleció, Martha acudió al Instituto para solicitar su pensión por viudez, pero le fue negada únicamente porque no contaba con un acta de matrimonio. Bajo este nuevo criterio de la Suprema Corte, situaciones como la de Martha ya no deberían repetirse. El IMSS está obligado a reconocer sus derechos y otorgarle la pensión correspondiente.

Fortalecimiento de la certeza jurídica en seguridad social

Esta decisión refuerza la protección de los beneficiarios sobrevivientes y obliga al IMSS a homologar el trato entre cónyuges y concubinos. El criterio amplia significativamente la cobertura de la seguridad social a millones de familias mexicanas que viven en unión libre, garantizando que el concubinato sea reconocido como una forma legítima de convivencia con derechos y responsabilidades ante la ley.

Si eres una persona concubina de un trabajador o pensionado asegurado en el IMSS y necesitas gestionar tu pensión por viudez, te recomendamos acercarte directamente al Instituto con la documentación que acredite tu relación. Esta sentencia de la Suprema Corte es tu respaldo legal.

Fuentes

Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), 4 de junio de 2026. Criterio sobre acceso a pensión por viudez para personas concubinas bajo el régimen del IMSS.